lunes, 17 de agosto de 2009

Los vigilantes




Cárcel para un guardia civil por matar a un hombre al confundirlo con un atracador
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I. R. T. | VALENCIA
Aquella noche de Febrero de 2003 Lorenzo Alberola estaba fumando una papelina con un amigo en un descampado a las afueras de Cullera. Los destellos de su coche en la oscuridad atrajeron la atención de una patrulla de la Guardia Civil, en alerta tras haber recibido el aviso de que minutos antes dos hombres armados habían atracado una gasolinera cercana.
Los agentes pensaron que eran los atracadores. Las sospechas se dispararon cuando al acercarse, vieron cómo los dos hombres se montaron en el coche e iniciaron la marcha. Fue entonces cuando uno de los agentes, Guillermo Quirós, descendió a toda prisa del coche patrulla, alcanzó el vehículo, golpeó la ventanilla y ordenó descender a los ocupantes. Llevaba la pistola lista para disparar. Sin seguro. Minutos después, Lorenzo Alberola caía al suelo fulminado por una bala que le atravesó la cabeza cuando se resistía a obedecer al agente que, tras cachearle, le ordenó que se tumbara en el suelo. No era atracador. Murió cuatro días después. Vivía en Gandía. Tenía 42 años. Estaba casado y era padre de una niña de cuatro años.
Desatención grave
El guardia civil que le mató fue juzgado en 2008 por la Audiencia de Valencia, que no apreció delito y le condenó a pagar una multa de 900 euros por una falta de imprudencia leve. Entendió que el agente infravaloró el peligro del que era portador, pero apreció sólo falta y no delito porque consideró que la víctima con su «reacción resistente y forcejante coadyuvó a su propia muerte».
«Resistirse a tumbarse en el suelo no crea riesgo alguno para la propia vida ni intensifica el que resulta del imprudente proceder del agente», replica ahora el Tribunal Supremo (TS), que corrige esa resolución. Mantiene que el guardia civil es culpable de un delito de imprudencia grave y profesional con resultado de muerte y le condena a un año de prisión. Para el TS hay un elemento decisivo en la secuencia de hechos: y es que cuando el agente forcejea con el sospechoso para lograr que se tumbe en el suelo ya sabe que no va armado porque segundos, antes, también forcejeando, le ha cacheado.
Dice el Supremo que el agente actuó correctamente cuando se acercó a los dos sospechosos con su arma preparada para disparar; pero añade que el guardia civil incurrió en una «grave desatención de los deberes objetivos de cuidado hasta ese momento púlcramente observados» y que cuando sujetó al sospechoso por los hombros con las dos manos debió «guardar la pistola o ponerle de nuevo el seguro».
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