martes, 18 de mayo de 2010

Los vigilantes



Condenado un antidisturbios por agredir a un hombre
La juez le culpa de haber utilizado la violencia de forma desproporcionada

F. J. BARROSO / Á. DE CÓZAR - Madrid - 17/05/2010


El policía actuó de "una forma absolutamente desproporcionada e innecesaria". Así de rotunda se muestra la titular del Juzgado de Instrucción número 22 de Madrid, Patricia Jiménez-Alfaro, que ha condenado a un agente antidisturbios por golpear a un hombre, de nacionalidad británica, en septiembre de 2008. La magistrada, que le culpa por una falta de lesiones y otra de malos tratos, le obliga a pagar 300 euros de multa y una indemnización a la víctima de 3.000 euros, ya que estuvo 55 días de baja.


"El uso de la defensa conlleva un exceso en el cumplimiento de su función"

El funcionario tendrá que pagar 3.000 euros a la víctima

La sentencia considera demostrado que sobre las dos de la madrugada del 11 de septiembre de 2008 cuatro agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP, más conocidos como antidisturbios) patrullaban en la furgoneta oficial por la calle de San Vicente Ferrer. En ese momento, un grupo de personas, formado por hombres de entre 25 y 35 años, empezó a golpear el vehículo mientras increpaban a los ocupantes. Los policías se bajaron de inmediato, según el relato de hechos probados de la sentencia, e identificaron a los supuestos atacantes. Como estos se negaron, le llevaron hacia la pared. Uno de los agentes se encargó de Eli Roland Verth, que mostró "una actitud huidiza". El funcionario sacó la porra y le propinó dos golpes en las piernas y la espalda. Le causó hematomas en la cara posterior de los muslos, hematoma lumbar izquierdo y dorsal derecho. Tardó 55 días en curarse, durante los cuales estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales.

En el transcurso de los hechos, también resultó agredido Oliver Morley Eynon que, al intentar calmar la situación, recibió una patada en la entrepierna. "El resto de jóvenes del grupo fue identificado por los demás funcionarios sin que se produjera incidente alguno", afirma la sentencia.

La juez considera que los hechos cometidos por el funcionario con número de placa 76.552 fueron desproporcionados e innecesarios, ya que la víctima se encontraba en un evidente estado de embriaguez y pasividad cuando le ordenaron identificarse y acercarse a la pared: "Situación en la que el uso de la defensa [porra] conlleva un claro exceso en el cumplimiento de su función". La magistrada también le culpa de una falta de malos tratos, ya que golpeó hasta en dos ocasiones a su víctima, sin que haya prueba alguna de "la supuesta actitud agresiva del denunciante que justificara tal actuación". "Sin duda, hubo desproporción a la vista de las lesiones producidas. Es más, el mismo denunciado reconoce que Eli ni siquiera podía hablar y que llegó a pensar que 'iba mal", añade el fallo. El Estado es el responsable civil subsidiario.

La juez absuelve a los otros tres agentes que participaron en la identificación ya que no ha quedado acreditado que ninguno de ello "infiera trato humillante alguno a los denunciantes, distintos del simple requerimiento de identificación y toma de datos".

Las víctimas se mostraron muy contentas con el fallo judicial porque, en su opinión, se ha hecho justicia y se demuestra que la policía no puede cometer abusos de poder. "La forma en la que actuaron esa noche demuestra que querían movida, que nosotros reaccionáramos de manera violenta para emprenderla a golpes con nosotros. Pero, al revés, les pedimos perdón y nos disculpamos por si habíamos hecho algo malo. Empezaron a pegarnos antes de que pudiéramos sacar nuestra documentación", recuerda Oliver Morley. "Nuestro caso era, con todos los partes médicos y los testigos, muy claro, se había producido un abuso de poder y malos tratos. Todo lo que pasó fue una barbaridad", añade.

El denunciante recuerda que les amenazaron con pasar toda la noche en el calabozo y que le quitaron el teléfono móvil cuando intentó fotografiar la matrícula de la furgoneta. "No empezamos a golpear el vehículo como dice la sentencia. El furgón pasó a gran velocidad y uno de los espejos retrovisores golpeó en el hombro a uno de nosotros que caminaba por la calzada. Además, no íbamos borrachos como se empeñaron en decir los policías en el juicio", recuerda Morley. La versión que ofreció la Jefatura Superior de Policía al poco de ocurrir los hechos fue muy distinta. Los antidisturbios pasan por una zona de ocio. Oyen ruidos y, cuando se bajan, se dan cuenta de que están golpeando la furgoneta. Los policías les piden la documentación, pese a lo cual intentan marcharse del lugar. "Están bajo los efectos del alcohol. Dos de ellos muestran una actitud chulesca" y los policías proceden a cachearlos. Les colocan contra la pared, pero los ingleses quieren escabullirse, según la versión oficial. Entonces, los agentes aplican eso que llaman "la fuerza mínima imprescindible": Tiran de porra y golpean a los hombres en las piernas y la espalda.

A la vista de la sentencia ni fue una fuerza mínima ni imprescindible. Contra la sentencia, cabe recurrir en el juzgado y cuya resolución dictará la Audiencia Provincial.
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